Deberes y derechos de los socios

Son deberes de los socios

  • Acatar las disposiciones de la Ley, el Reglamento, el estatuto, las resoluciones de las Asambleas y del Consejo de Administración, dictadas de acuerdo con las leyes que regulan el cooperativismo.
  • Abstenerse de realizar actos que comprometan el patrimonio de la Cooperativa o que socaven los vínculos de solidaridad entre los socios.
  • Realizar con puntualidad el pago de sus compromisos económicos.

Los socios gozan de los siguientes derechos:

  • Utilizar los servicios que presta la Cooperativa en cuanto les correspondan y reúnan los requisitos establecidos.
  • Participar en las asambleas con voz y voto, salvo que medie inhabilitación adoptada conforme a la Ley, el Reglamento y el estatuto. A todos los socios les corresponde un voto, el que no podrá ser emitido por poder, con excepción de las personas jurídicas que estén asociadas.
  • Ser electo para integrar cualquier órgano de la Cooperativa.
  • Solicitar al Consejo de Administración o a la Junta de Vigilancia cualquier información relacionada con su situación societaria particular o con hechos de carácter institucional.
  • Percibir intereses de acuerdo a su aporte y participar de los retornos anuales, en las condiciones que determinen la Asamblea General Ordinaria.
  • Presentar al Consejo de Administración cualquier sugerencia, proyecto o iniciativa que tenga por objeto el mejoramiento o la ampliación de los servicios que presta la entidad.