Acatar las disposiciones de la Ley, el Reglamento, el estatuto, las resoluciones de las Asambleas y del Consejo de Administración, dictadas de acuerdo con las leyes que regulan el cooperativismo.
Abstenerse de realizar actos que comprometan el patrimonio de la Cooperativa o que socaven los vínculos de solidaridad entre los socios.
Realizar con puntualidad el pago de sus compromisos económicos.
Los socios gozan de los siguientes derechos:
Utilizar los servicios que presta la Cooperativa en cuanto les correspondan y reúnan los requisitos establecidos.
Participar en las asambleas con voz y voto, salvo que medie inhabilitación adoptada conforme a la Ley, el Reglamento y el estatuto. A todos los socios les corresponde un voto, el que no podrá ser emitido por poder, con excepción de las personas jurídicas que estén asociadas.
Ser electo para integrar cualquier órgano de la Cooperativa.
Solicitar al Consejo de Administración o a la Junta de Vigilancia cualquier información relacionada con su situación societaria particular o con hechos de carácter institucional.
Percibir intereses de acuerdo a su aporte y participar de los retornos anuales, en las condiciones que determinen la Asamblea General Ordinaria.
Presentar al Consejo de Administración cualquier sugerencia, proyecto o iniciativa que tenga por objeto el mejoramiento o la ampliación de los servicios que presta la entidad.